En esta sección podrá encontrar publicaciones de Leyes, Estudios y Noticias, que sirvan de aporte para conocer y entender los diferentes acontecimientos que afectan a la industria, Banca y Mercado en General.

 

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Ley de Cheques: Art.56:

La persona que utilizara como instrumento de Crédito, admitiendo a sabiendas un cheque posdatado, con excepción del girado para efectos del pago, será multada con el 20% del importe del cheque.

¿Qué Puedo hacer con un Cheque protestado? Art. 57 .- El cheque no pagado por falta o insuficiencia de fondos y protestado dentro del plazo de presentación, constituye título ejecutivo. Constituye un delito de estafa girar un cheque protestado, por lo que esta penado con prisión.

¿Que puedo hacer con un pagaré? Se puede demandar el pago y dentro de un proceso Judicial solicitar medidas cautelares, tales como secuestro preventivo de bienes, prohibición de salida del pais, etc, así como la declaración de insolvencia. Sabia usted que puede ingresar a la Central de Riesgos Comercial a quines no le pagan ¿? Claro!! Baje de nuestra pagina web, el formulario necesario para este efecto, aunque si usted tiene deudas con fecha de vencimiento menor a septiembre del 2005, usted puede ingresar a una persona natural o jurídica, sin la firma de este formulario.

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El uso y el crédito otorgado con la ayuda de estos formularios, son de exclusiva responsabilidad de quien los incorpora a un proceso comercial, si usted tiene alguna duda por favor consulte a un profesional o solicite una capacitación.

¿Sabía usted que una Persona puede ir detenida por deudas? Luego de una sentencia, dentro de un proceso Civil. Luego de culminar y declararlo insolvente, si se detecta que el deudor no paga pues tiene el animo de perjudicar al acreedor, este puede solicitar se inicie un proceso Judicial penal, por quiebra Fraudulenta.

 
García Aviles 408 entre Vélez y Luque Edif. Finec - Piso 8 - Ofic. 801 - Tlf.: 04 2 326978 - 04 6 003 900 Fax: 04-2 531 019 - Guayaquil - Ecuador